TPS

El secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puede designar un país extranjero al Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a condiciones en dicho país que impiden a los ciudadanos del país regresar a su país temporalmente de manera segura. USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de estos) que ya están en Estados Unidos. Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS.

Elegibilidad

Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):

No serán removidos de Estados Unidos
Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
Pueden obtener una autorización de viaje.

Beneficio

TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse al TPS no le impide:

Solicitar estatus de No Inmigrante
Presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus basada en una petición de inmigrante
Solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para el que usted podría ser elegible.

Requisitos

Para optar al estatus de protección temporal (TPS), la persona debe:

Ser ciudadano de uno de los países designados como elegibles para el TPS.
Hacer el trámite durante el registro inicial o el nuevo registro, o cumplir los requisitos de presentación tardía.
Estar presente físicamente de manera continua en los Estados Unidos, y residir de manera continua en los Estados Unidos desde la fecha cuando su país fue designado para el TPS.

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